FICHA
- Producto Local
- Operación Alquiler
- Barrio Tribunales
- Despachos 6
- Baños 2
- Antigüedad 20 años
- Estado Muy Bueno
- Sup. Total 527,00 m2
- Sup. Planta Baja 201,00 m2
- Sup. Subsuelo 98,00 m2
- Sup. Primer Piso 63,00 m2
- Sup. Segundo Piso 165,00 m2
U$S 4.000
ALQUILER
Uruguay 300
Tribunales
LOCAL EN ALQUILER O VENTA EN TRIBUNALES - CABA
Ubicación
En Tribunales, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con frente sobre la calle Uruguay al 300, entre Sarmiento y Av. Corrientes.
Características
Inmueble emplazado sobre terreno propio, desarrollado en cuatro plantas comunicadas por escaleras.
PLANTA BAJA: funciona como LOCAL COMERCIAL con vidriera de exhibición y un baño incluido.
ENTRE PISO: de aproximadamente de 63 m² (7 x 9) y cuenta con 4 espacios de trabajo.
PLANTA ALTA: encontramos 3 salas/oficinas de gran dimensión, depósito, baño y patio de 36 m² ( 12 x 3 ) semicubierto.
SUBSUELO: de Subsuelo de 98 m² ( 7 x 14 )
Hay un montacarga que comunica las plantas baja, entre piso y primer piso del edificio.
Cuenta con una gran marquesina y cartel lateral de gran visibilidad.
*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666).
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.